Comunicado de Asamblea Logroño sobre la grabación de los plenos municipales
Ante la posibilidad hoy abierta, a través del dictamen del secretario general del ayuntamiento, en la que la ciudadanía ha podido ejercer su derecho legítimo y legal de grabar los plenos municipales de Logroño, tanto por tratarse de un acto público como para poner en práctica la difusión que el propio reglamento indica sobre la publicidad de los mismos, consideramos que:
- El dictamen del Secretario General del Ayuntamiento no hubiera sido posible sin la acción directa del movimiento 15M. Es decir, es un grupo de personas el que ha obligado al poder político municipal a atenerse a unas normas de democracia.
- Esto es un ejemplo de cómo una democracia real no puede dejarse en las manos de la clase política sino que necesita de una ciudadanía activa y reivindicativa. La participación cotidiana y directa de la ciudadanía en la vida política aumenta la transparencia e higiene de la democracia. Por lo tanto no se puede relegar a una débil participación cada 4 años.
- Aunque nos alegra la resolución del informe, nos extraña que sea necesario para la constatación de un derecho fundamental y lógico en democracia. En este sentido, lo consideramos un paso más de una lucha que continúa para la consecución de dos de los objetivos básicos del movimiento 15M: una participación ciudadana directa y la transparencia política. Pero hay que recordar que el reglamento del ayuntamiento sigue obstaculizando la participación en el pleno de los ciudadanos en turnos de ruegos y preguntas, y no se publicita con anterioridad el orden del día ni el horario del mismo. Por todo ello, se sigue trabajando desde el 15M en la consecución de una Ley de Transparencia por la cual se defienda y facilite de una vez la difusión de la información de cualquier administración pública. Recordamos que España sigue siendo el único de país europeo con más de un millón de habitantes que no cuenta con una ley de acceso a la información pública.
- Esta acción no está vinculada a la decisión del grupo municipal del PSOE de pedir este informe a posteriori. Hay que recordar que mientras se sucedieron los hechos tanto la alcaldesa y como el resto de concejales allí presentes, permanecieron callados sin defender el derecho de uno de sus convecinos al que se supone representan, permitiendo un abuso de autoridad ya fuera por secundar la decisión del Sr. Rodolfo Rubio, presidente del pleno, o por desconocimiento del reglamento legal que rige el pleno en el que ellos mismos participan.
- Este dictamen, y su aprobación por parte del pleno, no excusa al Sr. Rubio de su actuación al prohibir la grabación sin atender a razones. Ya sea a propósito o por negligencia al no conocer los derechos que rigen el pleno que él mismo preside, este comportamiento no debe ser admitido en ningún cargo público. Mientras esperamos, desde la ciudadanía, una declaración al respecto del Sr. Rubio, seguimos trabajando para conseguir en la medida de lo posible una resolución judicial a este respecto. Aunque no se nos escapa, y suponemos que al equipo de gobierno tampoco, que la aceptación de este informe por parte del pleno y su cambio de conducta puede dificultar la admisión de una denuncia a trámite en un tribunal por lo acaecido el pasado pleno.
- El reciente anuncio del equipo de gobierno de que los plenos se emitirán a través de internet a partir de abril, para cumplimiento de una promesa electoral, hace más extraña la actitud del presidente del pleno contrariando la intención de su grupo de dar mayor difusión al pleno. Recordamos que esa difusión vía internet no exime el derecho a que cualquier particular pueda grabar personalmente el pleno. Es más, sentencias a este respecto expresan la preocupación del tribunal respecto a dejar en manos de la administración el control de ese flujo de información:
(…) el ejercicio de los derechos de información y participación de los ciudadanos en el ámbito político y administrativo se funda -en un extremo esencial- en la libertad de información y que ella se actúa primordialmente a través de los medios de comunicación independientes y no administrativizados, (…)
- En definitiva, la noticia no es sólo la grabación del pleno. Lo importante y en lo que hay que incidir es lo que ocurre en el mismo pleno: el comportamiento y nivel político de nuestros representantes municipales, las normativas y recortes que se están aprobando, y la metodología con la que está ocurriendo todo esto.
- Insistimos una vez más que este hecho demuestra que la ciudadanía organizada puede actuar y cambiar por sí misma lo que se proponga. Que este proceso y la reciente sentencia judicial sobre el derecho fundamental de manifestación sobre el intento frustrado de modificación -por parte del Ayuntamiento de Logroño y la Delegación del Gobierno- del recorrido de la manifestación del pasado 23 de febrero está empezando a poner algunas cosas en su sitio. Y que lo que la ciudadanía consciente y madura entiende perfectamente como normalidad democrática no puede ser nunca tergiversado, vulnerado y convertido en excepcionalidad o capricho por parte de las instituciones que nos dicen representar.
Sucesión de los hechos
Hay que recordar que toda esta cadena de acontecimientos comienza en el pasado día 1 de marzo, en pleno ordinario del Ayuntamiento de Logroño, el presidente del mismo impide la grabación a un miembro del Grupo de Analisis Local de Asamblea Logroño:
En esta entrada podeis leer un relato de los hechos y la repersursión inmediata de los mismos en prensa y redes sociales. Al día siguiente se interpuso una reclamación al Ayuntamiento por lo acontecido en el pleno. Este es un extracto de la misma:
Puesto que vemos de interés general lo que acontece en estos plenos, y creemos de vital importancia la difusión de esta información a través de la red o cualquier otro medio de difusión. Así todos los ciudadanos pueden conocer de primera mano los temas que se tratan en su municipio y pueden crear su propia opinión y juicio al respecto.
En este sentido recordarle que la Corporación Local NO LE PERTENECE, sino que está formada por todos aquellos grupos que han sido elegidos como representantes por los ciudadanos, porque esta ha sido su voluntad.
Su rotunda negativa a dejar grabar los Plenos a particulares, sin darnos muchos mas detalles del porqué no podemos realizar dichas grabaciones, sin existir ninguna legislación, ni ordenanza municipal, ni acuerdo plenario que lo prohíba, es totalmente injustificada. Todo lo contrario, las sesiones del Pleno son públicas y así lo recoge el artículo 227 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en su apartado dedicado a la información y participación ciudadana en los plenos de la Corporación, Decreto con el que entendemos debería usted estar familiarizada. Y más aún con el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño que en su artículo 43 (Publidad), punto 1 y 2, donde repite el caracter público de estas sesiones y el objetivo de la difusión de las mismas incluyendo redes de comunicación tales como internet.
En este sentido, la reciente sentencia judicial sobre el recorrido de la manifestación del pasado 23 de febrero ha empezado a poner algunas cosas en su sitio. Recordamos que más de 2.000 personas -a pesar de un importante silencio mediático previo a la convocatoria, roto parcialmente por el fallo judicial- salieron a la calle para protestar contra el golpe de estado financiero que está generando un estado de excepción permanente y un calculado plan de recortes en derechos sobre la mayoría social con la excusa de la crisis.
La manifestación trascurrió de manera pacífica pero reivindicativa y por la Gran Vía, tras la notificación del fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que resolvió favorablemente y dio la razón a la petición inicial de Asamblea Logroño sobre el recorrido de la manifestación (en amarillo en la imagen) -idéntico al de anteriores convocatorias- frente a la resolución administrativa de modificación realizada por la Delegación del Gobierno a instancias del Ayuntamiento de Logroño (en azul en la imagen). Este hecho demuestra que la ciudadanía organizada puede actuar y cambiar por sí misma lo que se proponga.
Sin embargo, parece que esta sentencia no ha sentado nada bien a nuestros representantes políticos -sumisos con los poderes financieros y cómplices necesarios en el desguace del estado de bienestar-, ya que el consistorio sacó esa misma tarde una nota de prensa de urgencia en la que apuesta por modificar los recorridos de desfiles y manifestaciones que discurran por Gran Vía u otras vías principales de la ciudad, al ocasionar “costes económicos extraordinarios” para las arcas municipales -1.100 euros de sobrecoste por dispositivo policial, han precisado-, además de “molestias y trastornos” a los vecinos.
En vez de escuchar las protestas y atender las demandas de la ciudadanía, optan por contaminar el debate con argumentos vacuos, obviando flagrantemente el derecho fundamental a la manifestación establecido en el fallo, clave por ser contrario a derecho (véase documento adjunto: fallo-23F). La sentencia sienta jurisprudencia, por lo que estimamos que es inviable jurídicamente esa insistencia en establecer criterios preventivos para regular recorridos de manifestaciones, y que no pueden ser comparados en ningún caso con desfiles u otro tipo de eventos lúdicos. Denunciamos igualmente el intento de enfrentar y utilizar como excusa a la misma ciudadanía a la que están recortando derechos y prestaciones públicas -recordamos el reciente posicionamiento del gobierno municipal de no rechazar el cambio en el decreto autonómico 24/2011 por el que se regulan las prestaciones de inserción social (IMI y AES). Así como el ridículo argumento económico esgrimido cuando hemos asistido a innumerables casos de despilfarro local y regional (el último de ellos, el gasto de luces navideñas que cuadruplicó la media nacional, convirtiéndose en la ciudad que más gastó de España). Por último, aclaramos que es una absoluta falsedad que se cortara la avenida en ambos sentidos de circulación -ni antes ni ahora, ya que sólo se ha ocupado un sentido de la circulación-, tal y como se expresaba en la nota para justificar el despliegue policial por motivos de “seguridad”: informamos que, en la línea de esta falta de transparencia municipal, ha sido imposible encontrar la nota de prensa original en la página web del consistorio.
Continuaremos informando sobre el desarrollo de todos estos procedimientos legales hasta conseguir la normalidad de poder grabar el pleno para su difusión o cualquier otra iniciativa que vaya contra los derechos y libertades fundamentales de las personas.