August 19

Guía Legal Breve para Fotógrafos

¿Se puede sacar fotografias a Policias?

Con carácter general, la toma de fotografías de funcionarios de policía, como funcionarios públicos, y en el ejercicio de sus funciones LEGAL ya que el derecho a la intimidad y a la propia imagen del policía cede ante el derecho a la información.

La base legal es la Ley Orgánica 1/82, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Artículo 8

2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público (POLICÍA) o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.

b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.

c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Aquí puedes descargarte una octavilla que llevar junto a la cámara para tenerlo más claro y resumido:

 

Sin embargo, existen las siguientes limitaciones:

  • A) Cuando se ponga en peligro su seguridad.
  • B) Cuando resulte afectado el derecho a la intimidad, a la propia imagen y al honor del funcionario de policía.

Se pueden distinguir tres situaciones:

  1. Fotografías captadas por medios de comunicación:
    debido al derecho a la información veraz y a la condición de funcionarios públicos (policía) de los fotografiados en el ejercicio de sus funciones, en principio pueden tomar imágenes, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: 

    1. Que la imagen sea captada en un lugar público, con ocasión de un acto público y en el ejercicio de las funciones propias del cargo.
    2. Que la imagen tenga relación con la información veraz ofrecida por el medio de comunicación.
    3. Que la imagen no vulnere el derecho al honor o a la propia imagen del funcionario.
  2. Fotografías captadas por particulares, existiendo indicios de que pueden ser utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones. En este caso, la Policía puede llegar a intervenir la cámara. Pero para ello debe levantar un acta, dar cuenta al Juzgado de Instrucción correspondiente y poner a su disposición los efectos intervenidos.  Es de aplicación de la L.O. 1/92, artículo 19, aptdo. 1, segundo párrafo: “Asimismo, podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda”.
  3. Fotografías captadas por particulares, NO  existiendo indicios de que puedan ser utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones: a juicio del agente actuante, si se considera que no existe justificación para la toma de esas imágenes, se tomará la filiación completa de la persona y se le informará de que si las imágenes tomadas llegan a vulnerar los derechos arriba expuestos de los funcionarios policiales (ejemplo: publicar dichas fotografías en internet con ánimo denigratorio) se pondrá en conocimiento del Juzgado correspondiente.

¿La policía pueden llevarse la cámara, móvil o tarjeta?

SI. Solo cuando entienda que existen indicios de que pueden ser utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones.

En este caso deben extender el correspondiente acta y dar cuenta al Juzgado de Instrucción, poniendo a su disposición los efectos intervenidos. Es de aplicación de la L.O. 1/92, artículo 19. 1, segundo párrafo: “Asimismo, podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda”.

¿Pueden las fuerzas del orden hacernos borrar las imágenes de nuestra tarjeta de memoria o velar el carrete?

NO. El único que puede ordenar la destrucción de la propiedad privada decomisada es un juez.
Y para eso antes tiene que ser decomisada y por tanto constar en un informe y existir una denuncia.

La tarjeta de memoria es propiedad privada así como lo es un carrete. El contenido de la tarjeta de memoria y las fotos de un carrete, además de ser de propiedad privada, están sujetas a la ley de propiedad intelectual.

¿Que hacer si nos pasa?

  1. Recordadle al agente que el contenido de la tarjeta o del carrete es de propiedad PRIVADA.El borrado de la tarjeta por parte de la policia podría ser denunciable por el artículo 508 del código penal, “La autoridad o funcionario público que se arrogare atribuciones judiciales o impidiera ejecutar una resolución dictada por la autoridad judicial competente, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.”
  2. Dadle vuestros datos, pedidle que os denuncie y que en caso de ser oportuno os detenga, ya que la “resistencia a la autoridad” es lo único que puede alegar y así tampoco podrá borrar las fotografías.
  3. En caso de que no veáis otra salida más que el borrado, dadles la cámara y que ellos pulsen el botón de borrado
    Porque de lo contrario, podrían decir que lo borrasteis voluntariamente y así cometen el delito contra la propiedad intelectual.
    Y siempre con testigos, porque un agente de la autoridad tiene presunción de veracidad, es decir, si es su palabra contra la tuya, es fácil que el juez le crea a él.

¿Se debe pixelar las caras de los policas al divulgar las imagenes?

No existe obligación legal al respecto. Si los medios pixelan los rosotros de los agentes en algunas fotografias es por cortesia o por su libro de estilo en defensa de la integridad de agentes especiales como escoltas o infiltrados. Por otra parte agentes de cuerpos especiales ya actuan embozados como parte de su seguridad.

Fotos a particulares por la calle

¿Puedo hacer fotos a cualquiera por la calle?

No se puede hacer una foto (un primer plano) de una persona que va caminando por la calle, excepto si dicha persona nos ha dado su autorización expresa (verbalmente, tácitamente o por escrito) excepto en ciertas excepciones.

La  ley DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEL HONOR, DE LA INTIMIDAD Y DE LA PROPIA IMAGEN establece que para la toma de imágenes de una persona será necesario su consentimiento expreso (art. 2.2). Con expreso no necesariamente se refiere a escrito, pues una persona que mira a la cámara y conoce y es consciente de la toma de la fotografía se deduce que consiente a la realización de la misma.

En cualquier caso hay ciertas excepciones:

2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

  • a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
  • b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
  • c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Como todo en la vida, todo es cuestión de sentido común …

  • Si haces fotos para tu propio uso y disfrute
  • Si no vas a difundir estas fotos en ningun medio (revista, internet, tv, etc…)
  • Si no te vas a lucrar por ello

… nadie te va a denunciar por ello. Aunque la legislación es ambigua, ningun juez podria condenarte por sacar una foto a alguien en una situación que no atenta contra su intimidad o su honor (o sea, en situaciones normales de calle).

También se pueden tomar la imagen de terceras personas en la vía pública si se puede apreciar un interés científico, histórico o cultural relevante (LO 1/1982, art. 8.1).

¿Puede sacar fotos a menores?

Debido a su especial protección debes SIEMPRE pedir expresamente autorización a sus padres o responsables legales.

 

Sitios en que se prohiben fotografiar

En esta tema no hay legislación al respecto. Y a este vacío legal se agarran quienes prohíben de forma indiscriminada la toma de fotografías.

  • En espacio público NADIE os puede impedir tomar fotografías.
    Si lo que fotografiais es algo privado (edificio, escaparate, etc…) pero seguís estando en espacio público, IDEM.
    Sin embargo en algunos municipios, por ordenanza municipal, prohiban hacer fotografías con trípode en via pública o en determinadas zonas de propierad municipal, pero suelen conceder con facilidad permisos.Las únicas restricciones a fotografiar edificios públicos son a elementos oficiales o restringidos por motivos de seguridad nacional (comisarias, cárceles, instalaciones militares).
  • En espacio privado de acceso público pueden prohibirlo
    (p.ej parques municipales, puertos, estaciones de ferrocarril, aeropuertos, cementerios, centros comerciales, museos, etc…), aunque el acceso sea libre (no haga falta pagar entrada y/o pasar por un control de acceso) se podrá restringir el uso de fotografías al ser un espacio privado. Dicha restriccion no tiene ninguna base legal, pero tienen derecho a echarnos si les incomoda nuestra actividad, al amparo del derecho de admisión.
  • En espacio privado de acceso restringido debemos pedir permiso siempre
    (tiendas, restaurantes, discotecas, etc…) puesto que no tenemos ningun derecho a realizar fotografias sin el permiso del propietario del espacio.

 

Fuentes:
http://madrid.tomalaplaza.net/2012/05/10/aclaracion-sobre-la-posibilidad-de-tomar-fotos-a-policias/
http://www.mirrormagazine.es/wp/?p=2746
http://www.quesabesde.com/noticias/reportaje-policia-fotografos-parte_2,1_5290

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August 8

Sobre la “Cumbre Social” en Logroño

El pasado 26 de Julio los sindicatos mayoritarios UGT, USO y CCOO convocaron a multitud de colectivos sociales a una reunión abierta para conformar una llamada CUMBRE SOCIAL. Esta iniciativa ha sido dirigida desde las centrales sindicales para convocar estos foros en cada comunidad autónoma. El objetivo general de esta cumbre social es “dar una respuesta común y luchar contra los recortes del Gobierno y sus políticas regresivas”.

Desde las organizaciones convocantes se pedía colaboración, apoyo y adhesión al Manifiesto de la cumbre social en La Rioja y para la primera convocatoria como tal: una manifestación multitudinatia en Madird para el día 15 de Septiembre y la petición al gobierno de un referendum sobre las medidas económicas. En un principio, los convocantes han expuesto una intención de horizontalidad y transparencia en ese trabajo en grupo.

Algunas personas de la Asamblea Logroño 15m asistieron a la convocatoria y durante las últimas asambleas se ha estado debatiendo el grado de implicación con esta convocatoria sin tener un posicionamiento firme al respecto. La mayoría de las opiones vertidas basculan entre la necesidad de una unión de fuerzas para ejercer más presión y una desconfianza ante la actitud de los sindicatos mayoritarios.

Desde Asamblea Logroño se ha creado un grupo de trabajo para elaborar propuestas al respecto que pueda debatir la asamblea y faciliten una decisión. Después de la reciente experiencia de trabajo conjunto con los sindicatos mayoriatarios que fue la Manifestación del pasado 19 de Julio la idea general es la confirmación de ese espiritu de unión y horizontalidad en un gesto que ofrezca la suficiente confianza.

Para ello se expondrá en la asamblea propuestas como:

  • El adelanto de la siguiente reunión de la cumbre a finales de agosto o inicios de septiembre.
  • La abstención de portar insignias y banderas de los sindicatos y grupos participantes en la manifestación
  • La lectura del manifiesto por ciudadanos de los sectores más afectados por la crisis, no por representantes sindicales.
  • La inclusión en el manifiesto de una alusión a la defensa de los derechos civiles que se están repimiendo.

La idea es calibrar la permeabilidad de la “Cumbre Social” más allá de las buenas palabras. También de conseguir un contacto directo con los demás grupos participantes en la reunión para poder compartir sus opiniones al respecto y aportaciones al manifiesto presentado sin intermediarios ni esperar más tiempo. De esta forma Asamblea Logroño 15M podrá tomar una mejor decisión.

Por ejemplo, desde el 15M Pamplona ya han tomado la decisión de NO sumarse a esta propuesta de Cumbre Social en su comunidad.  No dudan de que “hay un anhelo compartido por el frente común contra las políticas de empobrecimiento masivo“, pero consideran que el manifiesto hace un diagnóstico pobre de la crisis y las reivindicaciones expuestas en él son demasiado escasas y de baja intensidad considerando el estado actual de la situación.

En la asamblea de esta tarde continuará el debate.

  • Ver  (editar y comentar) el  Manifiesto de la Cumbre Social en La Rioja
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